Preguntas frecuentes sobre el matrimonio homosexual y la inmigración: ¿Qué ocurre si mi cónyuge entró al país sin pasar por el control de fronteras?

Muchos clientes tienen dudas sobre un cónyuge que ha entrado en el país sin pasar por los controles fronterizos. (A veces se hace referencia a esto como «entrar» o «cruzar» la frontera ilegalmente). ¿Puede un ciudadano estadounidense presentar una solicitud para su cónyuge que ha entrado en EE. UU. sin documentación? La respuesta breve es sí, pero este tipo de casos puede resultar más complicado.

Por lo general, una persona que haya entrado en el país sin pasar por el control de inmigración no puede cambiar o regularizar su situación dentro de los Estados Unidos. En su lugar, debe salir del país para acudir a una entrevista de visado en el extranjero. La salida de los Estados Unidos da lugar a una prohibición de reingreso de 10 años si la persona ha permanecido ilegalmente en el país durante un año o más. Esa prohibición de 10 años puede levantarse presentando un formulario I-601 o I-601A y demostrando que el cónyuge ciudadano estadounidense o residente legal sufrirá dificultades extremas si el solicitante no puede regresar a EE. UU. Si se aprueba la exención, el solicitante no tiene que esperar 10 años, sino que puede regresar a Estados Unidos.

¿Te acoges a la disposición transitoria del artículo 245(i)?

Existen algunas excepciones a esta norma. Una excepción relevante e importante es aquella en la que el solicitante se acoge a la cláusula de «derechos adquiridos» prevista en la antigua disposición 245(i) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). Si una persona ha sido beneficiaria de una solicitud presentada con anterioridad al 30 de abril de 2001, puede acogerse a la cláusula de derechos adquiridos de la antigua disposición 245(i), que permitía a los solicitantes pagar una multa para regularizar su situación en los Estados Unidos. Esto puede incluir situaciones en las que la persona era hijo de alguien que era beneficiario de una petición. Si se le aplica la cláusula de exención, la persona puede ajustar su estatus en virtud de una nueva petición presentada por su cónyuge, sin tener que salir del país, pagando una multa de 1000,00 dólares.

Por lo tanto, nuestra primera pregunta para un cliente que entró en EE. UU. sin pasar por el control de inmigración es si alguien (un hermano o una hermana, un antiguo empleador, una tía o un tío, un padre o una madre) ha presentado anteriormente una solicitud para el cliente, o para los padres del cliente cuando estos eran menores de 21 años. Incluso si la petición nunca se utilizó (por ejemplo, porque el cliente «superó la edad límite» o porque la fecha de prioridad nunca llegó a ser vigente), la petición puede permitir que esa persona ajuste ahora su estatus basándose en una petición conyugal. Puede valer la pena preguntar a los familiares si existe esa posibilidad, ya que a veces los clientes que entraron en EE. UU. cuando eran niños no tienen del todo claro el historial migratorio de su familia.

Exención por dificultades extremas

En caso de que la persona no se acoja a la exención por derechos adquiridos, deberá solicitar una exención por presencia ilegal presentando el formulario I-601 o I-601A para poder regresar a los Estados Unidos. Ahora que el matrimonio entre personas del mismo sexo está reconocido por la legislación federal, un solicitante puede tener derecho a una exención si demuestra que su cónyuge del mismo sexo sufrirá dificultades si el solicitante no puede permanecer en los Estados Unidos.

Una persona puede acogerse al reciente proceso de «exención provisional» (I-601A) que puso en marcha el Departamento de Seguridad Nacional en marzo de 2013. Este procedimiento permite a los cónyuges de ciudadanos estadounidenses solicitar una exención por presencia ilegal antes de salir de Estados Unidos para acudir a las entrevistas consulares. La norma tiene por objeto aliviar las dificultades que supone la larga ausencia de los familiares que deben salir de EE. UU. para completar su proceso de inmigración. Está disponible únicamente para personas cuya inadmisibilidad se deba exclusivamente a la presencia ilegal, sin antecedentes de fraude, órdenes de deportación o impedimentos relacionados con delitos. Si se concede, el solicitante solo tendrá que regresar a su país por un breve periodo para completar una entrevista y tramitar el visado.

Si no cumple los requisitos para una exención provisional, es posible que la persona pueda solicitar una exención por motivos de dificultad (I-601) tras pasar una entrevista consular en el extranjero. Esto sería necesario en los casos en que la persona sea inadmisible por algún otro motivo además de la presencia ilegal, como antecedentes penales, una orden de expulsión o un fraude.

Si se concede la exención, el solicitante podrá regresar a Estados Unidos de inmediato, sin tener que esperar 10 años.

Si usted o su cónyuge entraron en el país de forma irregular, es muy importante que consulte su situación con un abogado especializado en inmigración antes de tomar cualquier decisión sobre su caso. No dude en ponerse en contacto con nuestro despacho para obtener más información.

Seguiremos respondiendo a las preguntas frecuentes sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo y la inmigración en nuestro blog. También te recomendamos que nos sigas en Facebook o Twitter para estar al tanto de las novedades y actualizaciones legales y de la oficina.