El 15 de junio de 2012, el secretario de Seguridad Nacional anunció que determinadas personas que llegaron a Estados Unidos cuando eran niños y cumplen varios requisitos fundamentales pueden solicitar que se les conceda una acción diferida por un período de dos años, renovable, y que, de este modo, podrían optar a un permiso de trabajo. El plazo de solicitud para esta medida de protección ya se ha abierto. Los abogados de inmigración de Wiley & Jobson están presentando solicitudes de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA, por sus siglas en inglés).
Puede solicitar que se considere la acción diferida para los llegados en la infancia si:
- tenían menos de 31 años a fecha de 15 de junio de 2012;
- Llegaste a Estados Unidos antes de cumplir los 16 años;
- Ha residido de forma ininterrumpida en los Estados Unidos desde el 15 de junio de 2007 hasta la fecha;
- Estabas físicamente presente en los Estados Unidos el 15 de junio de 2012 y en el momento de presentar tu solicitud de acción diferida ante el USCIS;
- Entró sin pasar por el control de inmigración antes del 15 de junio de 2012, o su situación migratoria legal había caducado a fecha de 15 de junio de 2012;
- Están cursando estudios, se han graduado o han obtenido un certificado de finalización de estudios de secundaria, han obtenido un certificado de educación general (GED) o son veteranos de la Guardia Costera o de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos con baja honorable; y
- No haber sido condenado por un delito grave, un delito menor grave, tres o más delitos menores, ni suponer por ningún otro motivo una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública.
Permiso de trabajo
Según la normativa vigente, una persona cuyo caso haya sido aplazado puede obtener una autorización de empleo, o permiso de trabajo, durante el período de acción diferida, siempre que pueda demostrar «una necesidad económica de trabajar». El solicitante deberá acreditar esta necesidad rellenando e incluyendo la hoja de trabajo I-765 junto con su solicitud de acción diferida.
Orden previa de expulsión o deportación
Este proceso está abierto a cualquier persona que pueda demostrar que cumple los requisitos para ser considerada, tanto a quienes nunca han estado sujetos a un procedimiento de expulsión como a quienes se encuentran en un procedimiento de expulsión, tienen una resolución definitiva o una orden de salida voluntaria. Las directrices especifican que una persona con una orden previa de deportación o expulsión debe solicitar primero la acción diferida y, a continuación, solicitar la reapertura y la anulación de cualquier procedimiento anterior.
Requisito de edad
Si nunca ha estado sujeto a un procedimiento de expulsión, o si dicho procedimiento se ha dado por concluido antes de presentar su solicitud de consideración de la acción diferida para los llegados en la infancia, debe tener al menos 15 años de edad en el momento de presentar la solicitud y cumplir con los demás requisitos. Sin embargo, si se encuentra en proceso de expulsión, tiene una orden de expulsión definitiva o una orden de salida voluntaria, y no se encuentra en detención migratoria, puede solicitar la consideración de la acción diferida para los llegados en la infancia incluso si es menor de 15 años en el momento de presentar la solicitud y cumple con los demás requisitos.
En todos los casos, no puedes tener 31 años o más a fecha de 15 de junio de 2012 para poder optar a la acción diferida para los llegados en la infancia.
Antecedentes penales
Si ha sido condenado por un delito grave, un delito menor grave o tres o más delitos menores que no hayan ocurrido en la misma fecha y no se deriven del mismo acto, omisión o plan de conducta indebida, no se le tendrá en cuenta para la acción diferida en virtud del nuevo proceso, salvo que el DHS determine que concurren circunstancias excepcionales. Las directrices indican que un «delito menor grave» es un delito de violencia doméstica; abuso o explotación sexual; robo con allanamiento de morada; posesión o uso ilegal de un arma de fuego; distribución o tráfico de drogas; o conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas; o aquel por el que la persona fue condenada a una pena de prisión de más de 90 días. La sentencia debe implicar el cumplimiento de una pena de prisión, por lo que no incluye las condenas suspendidas.
Si tiene antecedentes penales, se le recomienda encarecidamente que consulte con un abogado antes de solicitar la acción diferida.
Si tiene alguna pregunta o necesita ayuda para presentar su solicitud de acción diferida, póngase en contacto con nosotros para concertar una consulta.