Si un extranjero obtiene la residencia legal mediante un matrimonio que tiene menos de dos años de antigüedad en el momento en que se aprueba la tarjeta de residencia, se le concede la condición de residente «condicional». Si el matrimonio entre un ciudadano estadounidense y un extranjero tiene menos de dos años de antigüedad, la residencia del extranjero se concede con carácter condicional. Con la condición de residente condicional, la tarjeta de residencia del extranjero caducará al cabo de dos años. La pareja debe presentar una solicitud para eliminar la condición de dos años mediante el formulario I-751.
Si la pareja presenta la solicitud de forma conjunta, el formulario I-751 debe presentarse dentro del plazo de 90 días anterior a la fecha de vencimiento del estatus de residente condicional de dos años del cónyuge. El formulario requiere la firma de ambos cónyuges, a menos que el solicitante pida una exención del requisito de presentación conjunta. Si se aprueba, el estatus migratorio del cónyuge se prorrogará a una tarjeta de residencia de 10 años, renovable de forma automática.
Documentación del matrimonio
Para eliminar la condición de residencia, el USCIS exige al solicitante que presente pruebas de que el matrimonio es auténtico. Una solicitud I-751 típica incluye pruebas de residencia conjunta y de que los recursos económicos se han fusionado, tales como:
- Partidas de nacimiento de los hijos
- Fotos de la pareja juntos
- Pruebas del desplazamiento de la articulación
- Extractos financieros, de seguros o bancarios conjuntos en los que figuren ambos nombres
- Declaraciones de la renta conjuntas
- Títulos de propiedad que acrediten la copropiedad
- Declaraciones juradas de familiares o amigos
- Tarjetas o cartas dirigidas a ambos cónyuges a una misma dirección
Presentar el formulario I-751 por cuenta propia debido a un divorcio u otros motivos.
Un cónyuge extranjero puede presentar el formulario I-751 de forma individual en determinadas circunstancias y conservar su residencia permanente legal. El solicitante puede solicitar una exención del requisito de presentación conjunta en los siguientes casos:
- El matrimonio ha terminado por divorcio o por fallecimiento del cónyuge, pero se contrajo de buena fe; o
- El cónyuge extranjero sufriría graves dificultades si fuera expulsado de los Estados Unidos, y dichas dificultades surgieron durante el matrimonio; o
- El extranjero fue víctima de violencia doméstica (agresión física o crueldad extrema).
Si el extranjero solicita una exención del requisito de presentación conjunta, el formulario I-751 puede presentarse en cualquier momento. No es necesario esperar hasta el plazo de 90 días previo a la caducidad de la tarjeta.
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