La espera: últimas noticias sobre el DAPA y el DACA ampliado

En noviembre de 2014, el presidente Obama promulgó una medida ejecutiva que, según las estimaciones, beneficiaría a hasta 4,4 millones de personas.[1] Parte de dicha medida tenía por objeto otorgar un estatus legal temporal a dos grupos de personas: (1) padres de niños ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales (LPR) y (2) personas indocumentadas, nacidas antes del 14 de junio de 1981, que entraron en EE. UU. cuando eran niños y han permanecido en el país. Sin embargo, como habrás oído, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS) no está aceptando solicitudes para ninguno de estos programas. [2] En esta publicación se explicará: (1) qué es la «acción diferida», (2) quiénes podrían acogerse a los programas, (3) por qué los programas están en suspenso y (4) por qué el momento es crucial para la supervivencia de estos programas.

¿Qué es la acción diferida?

La acción diferida es temporal. El DHS da prioridad a la expulsión de determinados no ciudadanos; por ejemplo, las personas que el DHS considera una amenaza para la seguridad nacional, la seguridad pública y la seguridad fronteriza son prioritarias para su expulsión. [3] Básicamente, durante un período de acción diferida, usted no es una prioridad para la deportación. Se considera que una persona a la que se le ha concedido la acción diferida se encuentra legalmente presente en los EE. UU. mientras mantenga ese estatus. La acción diferida en virtud de la DAPA y la DACA ampliada tiene una validez de tres años y puede renovarse.

La acción diferida es discrecional. Aunque una solicitante cumpla todos los requisitos, el DHS no tiene la obligación de concederle la acción diferida. La acción diferida no constituye, por sí misma, una vía para obtener la residencia permanente legal o la ciudadanía.

¿Quiénes podrían acogerse al programa DAPA?

Para poder optar al programa DAPA (Acción Diferida para Padres de Ciudadanos Estadounidenses y Residentes Permanentes Legales), debes:

  • Ser padre o madre de un ciudadano estadounidense o de un residente permanente legal.
  • He residido de forma ininterrumpida en los Estados Unidos desde el 1 de enero de 2010.
  • Debe haber estado presente en EE. UU. el 20 de noviembre de 2014. Es probable que también tenga que estar presente en EE. UU. todos los días desde el 20 de noviembre de 2014 hasta que presente la solicitud de DAPA.
  • No tener un estatus migratorio legal a fecha de 20 de noviembre de 2014 (debes haber entrado en EE. UU. sin documentos, O bien tu estatus migratorio legal debe haber caducado antes del 20 de noviembre de 2014; Y no debes tener un estatus migratorio legal en el momento de solicitar el DAPA).
  • No haber sido condenado por determinados delitos penales, incluidos los delitos graves y algunos delitos leves.

 

¿Quiénes podrían acogerse al programa DACA ampliado?

Para poder optar al programa DACA (Acción Diferida para los Llegados en la Infancia) ampliado, debes:

  • Haber llegado a Estados Unidos antes de cumplir los dieciséis años.
  • He residido de forma ininterrumpida en los Estados Unidos desde el 1 de enero de 2010.
  • He estado en Estados Unidos el 15 de junio de 2012 y todos los días desde el 15 de agosto de 2012.
  • Haber terminado la enseñanza secundaria o haber obtenido un certificado de finalización de estudios de secundaria, haber obtenido un certificado de educación general (GED) o estar cursando estudios en el momento de presentar la solicitud de acción diferida.
  • No haber sido condenado por determinados delitos.

 

¿Por qué no puedosolicitar el DAPA o el DACA ampliado ahora?

En diciembre de 2014, veintiséis estados interpusieron una demanda ante un tribunal federal de distrito para detener el DAPA y la ampliación del DACA. Alegaron que los programas excedían la autoridad del Gobierno federal y se habían puesto en marcha sin seguir los procedimientos de notificación adecuados. Tras presentar la demanda, los estados obtuvieron una orden judicial que suspendía los programas en febrero de 2015. Esto significa que el juez suspendió el DAPA y el DACA mientras el tribunal de distrito resuelve el caso. El Tribunal Supremo de los Estados Unidos celebró la vista oral el 18 de abril de 2016. Se espera una decisión en mayo o junio de 2016. Mientras tanto, se estima que unos 4 millones de personas con derecho a estos programas permanecen en una situación de incertidumbre.

[1] http://www.nilc.org/dapa&daca.html

[2] El USCIS está aceptando solicitudes para el DACA inicial y para las renovaciones del DACA inicial.

[3] http://www.dhs.gov/sites/default/files/publications/14_1120_memo_prosecutorial_discretion.pdf